Desde el 29 de julio de 2021 se declaró el internet como servicio público universal y esencial por medio de la Ley 2108.
El proyecto de ley 121 radicado el 16 de agosto del 2022, declara utilidad pública e interés social el tendido, construcción y operación de redes para el suministro de servicios públicos de telecomunicaciones y TIC´ S.
Las regiones apartadas de Colombia no tienen cobertura de internet ya que a los privados no les justifica incurrir en estos gastos.
La ministra de las TIC´ S revisará si es viable que desde la estructura del sistema de medios públicos se pudiera conectar a gran parte del país y ofertar los servicios de internet desde el Estado.
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La Ley 2108 de 2021 declara el internet como servicio público esencial y universal, es decir, su importancia y necesidad para los colombianos es equiparable con el agua, se debe garantizar continua prestación del servicio para todos y no se podrán suspender labores de instalación, adecuación y mantenimiento de las redes, en busca de reducir la brecha digital y aumentar las oportunidades de progreso y desarrollo para los ciudadanos que habitan las zonas más apartadas del país.
En consecuencia con la anterior Ley, el pasado 16 de agosto del 2022, el Senador de la República avalado por el partido de la U, Alfredo Deluque Zuleta, radicó ante el Congreso el Proyecto de ley 121 de 2022 que, “declara utilidad pública e interés social el tendido, construcción y operación de redes para el suministro de servicios públicos de telecomunicaciones y TIC´ S”, que tiene por objeto dotar de herramientas legales al gobierno nacional para que se garantice la prestación de los servicios de telecomunicaciones y TIC´S de manera eficiente, continua y permanente; con el fin de ampliar la conectividad de todos los habitantes del territorio nacional, en especial de los más vulnerables.
De llegarse a aprobar este proyecto de ley, las leyes que se modificarían serían: Ley 1341 de 2009 que, determina el marco general para la formulación de las políticas públicas que regirán el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, su ordenamiento general, el régimen de competencia, la protección al usuario, así como lo concerniente a la cobertura, la calidad del servicio, la promoción de la inversión en el sector y el desarrollo de estas tecnologías, el uso eficiente de las redes y del espectro radioeléctrico, así como las potestades del Estado en relación con la planeación, la gestión, la administración adecuada y eficiente de los recursos, regulación, control y vigilancia del mismo y facilitando el libre acceso y sin discriminación de los habitantes del territorio nacional a la Sociedad de la Información; y la Ley 1978 de 2019 que, moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), distribuye competencias, crea un regulador único y dicta otras disposiciones.
El 05 de septiembre de 2022, Sandra Milena Urrutia Pérez fue posesionada como ministra de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones por el presidente Petro quien pidió a la ministra revisar si es viable que desde la estructura del sistema de medios públicos se pudiera conectar a gran parte del país y ofertar los servicios de internet desde el Estado, además el presidente dijo; “que vamos a pasar a la 5G, vamos a pasar, pero 5G en manos de operadores privados como hoy es la 4G, solo va a llegar donde es rentable. La mayor parte de la población colombiana, por la escasez de sus ingresos, hace que en la mayor parte del territorio colombiano no sea rentable para estos operadores. Aquí se necesita una presencia del Estado y fuerte sino queremos que las desigualdades, en un nuevo término, el de la economía digital y las sociedades del conocimiento digital, termine abriendo brechas mucho más profundas que las que ya tenemos”.
Queda como interrogante por medio de qué mecanismo se va a conseguir que las redes de telecomunicaciones tengan orientación al servicio público y se garantice el acceso de las personas en todo el territorio nacional.
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